lunes, 10 de enero de 2011
Minag autorizará exportación de azúcar a EEUU cuando existan excedentes en producción peruana
Los certificados de elegibilidad de cuotas de exportación de azúcar que otorga el gobierno de los Estados Unidos al Perú serán refrendados por el Ministerio de Agricultura (Minag) únicamente en los casos de excedentes de producción nacional, según un decreto supremo del Minag publicado hoy.
Se entenderá por excedentes de producción nacional, cuando las estimaciones sobre los volúmenes de producción peruana sumadas a los volúmenes de las importaciones superan la demanda interna de azúcar en el Perú.
Tales estimaciones serán elaboradas por el Minag y publicadas mensualmente en su portal electrónico (www.minag.gob.pe).
Esta medida tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2011.
El Minag indicó que el sector azucarero en el Perú es de alta importancia por el rol que cumple en el ámbito productivo, en la generación de empleo y en la seguridad alimentaria del Perú pero viene atravesando problemas complejos cuyos efectos impactan negativamente en el mercado peruano afectando a los consumidores.
Por ello, el Estado requiere adoptar medidas preventivas orientadas a contrarrestar los efectos negativos, asegurando el abastecimiento de azúcar para el mercado peruano.
Por su parte, el gobierno de Estados Unidos otorga cuotas de exportación de azúcar al Perú, beneficio que permite su ingreso a dicho país libre de aplicación de medidas arancelarias y para tal efecto el Minag debe refrendar los correspondientes certificados de elegibilidad.
El Minag consideró que las exportaciones de azúcar que se produzcan bajo los alcances de este beneficio, deben realizarse una vez asegurado el abastecimiento del mercado interno del Perú, a fin de no perjudicar el interés de los consumidores peruanos.
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