martes, 23 de febrero de 2010

AMPLIACION DE LEY Nº 29264 MEDIANTE DECRETO DE URGENCIA Nº O9-2010


PIURA, 23 FEB.- Agricultores de la Región tendrán un plazo no mayor de 60 sesenta días para acogerse a la ampliación de la ley Nº 29264, ley del Programa de Reestructuración de la Deuda Agraria, PREDA; la cual es aplicable a los agricultores que tengan deudas en capital principal vencidas o en cobranza judicial menores a los 45 mil soles o su equivalente en moneda extranjera al tipo de cambio correspondiente. Este plazo esta establecido mediante decreto de urgencia Nº 009- 2010, dada el 10 de febrero del presente año.

La norma además establece en su artículo 6 la implementación de la cuarta disposición complementaria de la ley Nº 29264 que dispone que los bonos de reactivación del programa de rescate financiero agropecuario, RFA, sean vendidos por el Banco de la Nación al mercado secundario de valores.
Los recursos que se obtengan de esta venta serán entregados al Banco Agropecuario para financiar la compra de la cartera morosa de las instituciones del sistema financiero nacional, en el marco del PREDA.

El saldo de los remantes de la venta de bonos será destinado por el banco agropecuario para brindar asistencia tècnica sectorial, conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la ley Nº 27603 que establece que el banco otorgará asistencia técnica para fomentar las actividades de pequeña y mediana empresa agrícola, ganadera, acuicultura, así como actividades de transformación y comercialización de los productos de la cadena productiva, el desarrollo de proyectos y la investigación tecnológica para mejorar la productividad.

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